Manual de Procedimientos: Registro de Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados
Dependencia: Dirección de Nuevas Creaciones / Delegatura para la Propiedad Industrial
Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ---
Objetivos
Documentar, estandarizar y definir los criterios y actividades técnico-legales que se deben seguir para el trámite, evaluación y eventual concesión de las solicitudes de registro de esquemas de trazado de circuitos integrados en Colombia.
Destinatarios
Este manual es de obligatorio conocimiento y aplicación para todos los servidores públicos y contratistas adscritos a la Delegatura para la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio encargados de la recepción, examen de forma, publicación, análisis de fondo y archivo de nuevas creaciones.
Glosario
Circuito Integrado: Producto, en su forma final o intermedia, constituido por un cuerpo o superficie de una pieza de material sobre la cual se disponen elementos interconectados (donde al menos uno es un elemento activo), destinado a realizar una función electrónica específica. Esquema de Trazado (Topografía): Disposición tridimensional, expresada en cualquier forma o soporte, de los elementos interconectados (con al menos un elemento activo) que componen un circuito integrado, o bien, dicha disposición tridimensional preparada para un circuito integrado diseñado para su fabricación. Gaceta de la Propiedad Industrial: Medio de difusión oficial y digital de la SIC donde se publican las solicitudes de propiedad industrial con el fin de garantizar el principio de publicidad y permitir que terceros con legítimo interés presenten oposiciones de ley. Oposición: Mecanismo o petición legal fundamentada presentada por un tercero con interés legítimo para controvertir la registrabilidad de una solicitud de esquema de trazado. Sistema de Propiedad Industrial (SIPI): Plataforma tecnológica y oficina virtual de la SIC que permite la radicación, el seguimiento, la gestión de expedientes y la notificación electrónica de los trámites de propiedad industrial.
Referencias Normativas
Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina (Régimen Común sobre Propiedad Industrial). Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Decreto 4886 de 2011 (o norma que modifique la estructura interna de la SIC). Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio (Título X: Propiedad Industrial).
Descripción de Actividades y Responsabilidades
Consideraciones Generales del Trámite:
Expediente Electrónico: Todas las actuaciones, actos administrativos de requerimiento o decisión, junto con las respuestas del solicitante, se incorporarán cronológicamente al expediente digital dentro del sistema SIPI. Notificaciones: Los actos administrativos que requieran notificación se procesarán de conformidad con las disposiciones del CPACA y los lineamientos de notificación electrónica autorizados en la plataforma SIPI. Desistimiento: El solicitante puede desistir de su petición en cualquier momento del proceso. Si el desistimiento se acepta antes de la publicación, el expediente no se divulgará en la Gaceta. Pago de Tasas: La radicación de la solicitud y las peticiones accesorias (como prórrogas o prioridades) requieren el pago previo de las tasas oficiales vigentes. Los comprobantes se asocian digitalmente al formulario en el momento del envío. Derecho de Prioridad: La reivindicación de prioridades internacionales se invocará de manera discriminada en el formulario de solicitud, adjuntando los documentos de soporte dentro de los términos legales establecidos por la Decisión 486. Renuncia a Derechos: El titular de un esquema de trazado registrado podrá renunciar en cualquier momento a sus derechos mediante la presentación del formulario virtual correspondiente.
Admisión del Trámite
Objetivo: Verificar que la documentación allegada por el solicitante reúna los requisitos mínimos legales para asignar una fecha de presentación formal. Procedimiento: 1. La solicitud se radica de forma preferente a través de la oficina virtual (SIPI). El sistema valida de manera automatizada los campos obligatorios del formulario de registro y la constancia de pago de la tasa aplicable. 2. Si el usuario realiza el trámite de forma presencial y el funcionario del Centro de Documentación e Información detecta la falta de un requisito mínimo sustancial, se le informará verbalmente. Si el usuario insiste en la radicación, se ingresará bajo la condición de "solicitud incompleta" y se proyectará un requerimiento formal. 3. Una vez validados los requisitos mínimos, el sistema asigna automáticamente un número de radicado consecutivo, fijando la fecha y hora de presentación, y traslada el expediente a la Dirección de Nuevas Creaciones para la asignación del examinador de forma.
Examen de Forma
Publicación
Oposición
Examen de Registrabilidad (Fondo)
Certificación y Entrega de Títulos (Diploma)
Documentos Relacionados en el SIPI
Formulario Electrónico de Solicitud de Registro de Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados. Formulario de Oposición a Solicitudes de Nuevas Creaciones. Formulario de Modificaciones y Modulaciones de Derechos (Renuncias, Traspasos y Cambios de Nombre).
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