domingo, 9 de enero de 2022

Introducción al Derecho Indiano I

Introducción al Derecho Indiano

Cristian Beltrán Barrero

Introducción

  1. El presente escrito tiene como objetivo rastrear las diversas etapas por las cuales pasó el periodo de la conquista española, en relación con la serie de normas que regulan la interacción de los colonos con los pueblos originarios. Hecho lo anterior, se procederá a evaluar qué tan favorable resultó el proceso de independencia para estos pueblos respecto al antiguo régimen. En consecuencia, el texto se dividirá en seis partes, a saber, Colón y las capitulaciones de Santa Fe y otras disposiciones, las leyes de Burgos de 1512, las leyes Nuevas de  1542, la recopilación de las leyes de las Indias de 1680, el Decreto del 24 de septiembre de 1810 que tiene lugar efectivamente luego del grito de independencia, finalmente tendremos, a modo de síntesis, algunas consideraciones generales.

Cristóbal Colón y las Capitulaciones de Santa fe

  1. Muchas personas desconocen el hecho de que el mal llamado “descubrimiento de América” fue producto de una iniciativa privada: Cristóbal Colón, navegante y cartógrafo, quien para la última década del siglo XV vivía en Lisboa, al igual que muchas personas letradas de la época consideraba que la tierra no era plana y que en consecuencia era posible llegar al continente asiático partiendo en dirección occidental de desde la península ibérica. 

  2. Esta posibilidad dibujaba grandes ventajas para reinos como el español o el portugués, dada la dificultad sobre las rutas tradicionales que ya eran controladas por otros reinos o imperios. Es así como encuentra su génesis la “Empresa de las Indias”, la cual sólo requería encontrar una suerte de padrinazgo para su realización ya que naturalmente Colón no contaba con los recursos necesarios. 

  3. Es bien sabido que dicho proyecto sería presentado inicialmente ante el reino de Portugal, donde no encontraría aprobación, por lo que, la realización de semejante empresa terminaría dándose gracias al acuerdo suscrito entre Colón y los Reyes Católicos. Dicho acuerdo se recoge en las denominadas Capitulaciones de Santa Fe y consistió básicamente en una suerte de reparto entre Colón y la Corona, en caso de hallar nuevas tierras

  4. Luego de que Colón llegase con las buenas nuevas a la Corona, ésta comenzaría a adjudicar nuevos permisos (claro está, con muchas menos concesiones), a otros navegantes quienes terminarían arribando a lugares como Venezuela y Brasil. De igual forma, el Reino español no conservaría el monopolio sobre todo el continente americano, abriendo paso a exploraciones promovidas por otros reinos.  

  5. Pasarían algunos años antes de que la Corona tuviese conocimiento de que estas tierras no corresponden al continente asiático, de hecho, Colón moriría sin saberlo. Ahora bien, cuando esto tiene lugar y frente al contacto con los primeros pueblos originarios, la dinámica colonizadora terminaría por transformarse dadas las nuevas posibilidades en términos, principalmente, económicos. Esto naturalmente vendría de la mano con un alto grado de improvisación dado el carácter cuasi-novedoso de los acontecimientos. 

  6. Producido el descubrimiento, había títulos archi conocidos por el derecho común, como lo eran el de invención o descubrimiento, el de misión evangelizadora y el de ocupación. (…)  Sin embargo, y atendidas las dificultades que habían existido con Portugal, quisieron los monarcas que, al igual que los reyes vecinos, habían obtenido cesiones en África pudieran los castellanos lograrlas respecto de las recién descubiertas (Dougnac, 1994, pág. 27)

  7. Es así como tiene lugar un gran movimiento eminentemente jurídico, filosófico y religioso, en pro de legitimar y ordenar el proceso de colonización, el cual, sin embargo, no llegaría a semejantes niveles de perfección y organización, dadas las condiciones propias de la región, las rivalidades entre colonos, los desmanes hacia los indígenas, así como las tensiones y cambios políticos en Europa. De acá se desprenden las diversas recopilaciones de normativas que en su momento intentaron dar solución a los eventuales avatares. 

Leyes de Burgos 

  1. Las primeras relaciones con los indígenas fueron de tipo comercial, luego de esto, tuvieron lugar alianzas militares con el fin de derrocar eventuales enemigos en común, como fue el caso en lo que hoy día es México, con Hernán Cortés. Sin embargo, a medida que los colonos avanzaban, se iban imponiendo diversidad de tributos acabando esto en complejas relaciones de vasallaje como lo fue la encomienda. 

  2. La encomienda es un derecho concedido por merced real a los beneméritos de Indias para recibir y cobrar para sí los tributos de los indios que se les encomendaron por su vida y la de un heredero, con rango de cuidar de los indios en lo espiritual y temporal y defender las provincias donde fueren encomendado (Rodríguez, 1971, págs. 25-26)

  3. Es de común acuerdo como estas interacciones entre colonos e indígenas no se dieron de la forma más justa. Podría resultar imposible listar la serie de abusos de los cuales fueron víctimas estos pueblos. Sin embargo, permitámonos al siguiente extracto para intentar dimensionar lo que, a menos de tres décadas de la llegada de los españoles,  ya se venía gestando:

  4. Decid ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a estos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas de ellas con muertes y estragos nunca oídos habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados sin darles de comer ni curarlos en sus enfermedades en las que, de los excesivos trabajos que les dais incurren y se os mueren, y por qué decís mejor los matáis por sacar y adquirir otro cada día? De las Casas, 1956, págs. 13-14)

  5. Estas objeciones no tardarían en llegar hasta Fernando el católico, quien, ante reparos de índole religiosos y económicos, decide convocar en 1512 a diferentes teólogos y juristas reconocidos en lo que se conocería como la Junta de Burgos, donde encontrarán su nacimiento las denominadas Leyes de Burgos. En este cuerpo de normas destacan los siguientes puntos:

    1. Prohibición de la esclavitud.

    2. Claridad respecto a la legitimidad de los títulos reales.

    3. Limitaciones a instituciones como la encomienda y creación de la figura del requerimiento (figura de la guerra justa). 

    4. Prohibición a los encomenderos para castigar a los indígenas. Esta labor debía ser ejercida por los llamados visitadores

    5. Concepción del indio como un hombre libre (súbdito) con derechos de propiedad. 

    6. El trabajo debía ser tolerable y remunerado justamente.

    7. Inserción de la figura de licencia de maternidad.

    8. Prohibición del trabajo para menores de 14 años. 

    9. Tratamiento preferente para los caciques. 

  6. Desde 1513 se empezó a utilizar este Requerimiento, que era leído en lengua aborigen. Resulta difícil que los indios pudieran captar de buenas a primeras la concatenación lógico jurídica de esta piezas de derecho común, por lo que sus resultados no fueron los esperados. Consta de su aplicación en diversos lugares de América desde 1513, habiéndose utilizado en Chile por Pedro de Valdivia en 1540. (Dougnac, 1994, pág. 37)

  7. Sumado a lo anterior se tiene como referente el caso de las Antillas donde por el contrario aumentaron los abusos al punto de llegar si se quiere a un exterminio sistemático producto al parecer de la sobreexplotación. La versión oficial de este declive poblacional apuntaba a explicar las muertes en términos de las enfermedades traídas por los colonos, frente a las cuales el indígena no poseía defensa alguna. 

Las Leyes Nuevas

  1. Expedidas el 20 de noviembre de 1542, las Leyes Nuevas o Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su majestad para la gobernación de las indias y el buen tratamiento y conservación de los indios, si bien fueron un nuevo intento por mejorar las condiciones de los pueblos originarios, no obedecen estas, al menos en cuanto a la Corona refiere, a una suerte de sensibilidad o solidaridad frente a la serie de abusos que ya completaron casi medio siglo. Por el contrario, la ineficiencia del sistema creado, producto de los mismos abusos, degenerar en un sistema poco productivo; veamos algunos puntos clave de esta nueva legislación:

    1. Abolición de la encomienda.

    2. El trabajo como tameme (persona cargadora) sería opcional.

    3. La extracción de perlas estaba sujeta a la cercanía del lugar; se hacía prohibido obligarlos a ir a lugares remotos. Esto muchas veces desencadenaba en la muerte de los indígenas in situ (colapso pulmonar).

    4. Creación de las capitanías generales.

    5. Suspensión del repartimiento de tierras a conquistadores. 

  2. El referente más representativo de su aplicación nos remite al Perú, donde se crearía el Virreinato y la Real Audiencia de Lima. Luego de esto, el primer virrey intentó aplicar esta normativa pero los encomenderos se organizaron y se rebelaron al punto de que el virrey fue llevado a España, siendo nombrado como nuevo virrey Gonzalo Pizarro, líder de los encomenderos, quien naturalmente suspende la aplicación de las Leyes Nuevas. Pizarro alcanzaría a cultivar cierto poder, pero al cabo de unos años sería derrotado por el recién nombrado presidente de la Real Audiencia  en 1548. Para el caso de la Nueva España, la persona encargada de aplicar las leyes, era el visitador Francisco Tello de Sandoval, quien suspende dicha aplicación en espera de la respuesta a la apelación que ya se había realizado. Finalmente, para 1545 la apelación sólo prospera en el punto referente a la suspensión de la herencia de las encomiendas ya existentes. 

Recopilación de Leyes de las Indias

  1. Compuesta de 4 tomos, 9 libros, 6385 leyes y 218 títulos, fue sancionada el 18 de mayo de 1680 por parte de Carlos II de España. Recorramos sus contenidos a la luz de cada libro:

    1. El libro primero versa esencialmente sobre cuestiones eclesiásticas y sobre el real patronato (facultades especiales otorgadas por parte del Papa a los reyes).

    2. El segundo libro regula todo lo referente a las Audiencias, Junta de guerra, Consejo de Indias., entre otros. 

    3. El tercer libro trata de la estructura institucional.

    4. El libro cuarto trata temas relacionados con poblaciones, cabildo, comercio, pacificaciones, descubrimientos, etc. 

    5. El quinto libro trata de lo que hoy se entiende por rama ejecutiva. 

    6. El libro sexto habla acerca de servicio personal, tributo y encomienda.

    7. El derecho penal será tratado en el séptimo libro.

    8. La tributación se trata en el octavo libro.

    9. Finalmente, el libro noveno trata de la navegación, la Casa de contratación y el comercio en general. 

  2. La Recopilación nació atrasada. Sabemos que León Pinelo la había terminado en 1636 y que, con leves retoques, fue promulgada en 1680. Adolece, pues, de casi medio siglo de retraso. Con todo, tuvo de positivo el haber puesto al alcance del pueblo y de los juristas lo más medular de la legislación indiana (Dougnac, 1994, pág. 251)

Decreto del 24 de septiembre de 1810

  1. No habían pasado dos meses del grito de independencia y ya se termina expidiendo un decreto en el cual los indígenas terminan perdiendo su estatus jurídico excepcional en la medida en que dicho decreto acaba por eliminar una serie de leyes que, si bien venían del antiguo régimen, llegaron a resultar beneficiosas en diferentes órdenes en comparación con las legislaciones venideras. 

  2. Dentro de los efectos que resultan con el tiempo desastrosos se encuentran la eliminación de los resguardos y la del monotributo. Lo primero propiciará el abuso por parte de los grandes latifundistas los cuales irán diezmando a través de los siglos a los diversos pueblos, agudizando el exterminio que ya había tenido lugar con los colonos, a partir de nuevas prácticas. 

  3. Creados por la legislación española como un mecanismo de segregación y protección de los indios, los resguardos subsistieron, a pesar de los repetidos embates en su contra, a los largo de todo el periodo colonia1. Pero el hecho de constituir éstos una especie de escudo protector de las comunidades indias, los hizo inconsistentes con el proyecto individualista libera1. Por eso, ya desde los tiempos de la Ilustración española, su existencia fue duramente cuestionada (Gutiérres, 1998, pág. 308)

Consideraciones generales

  1. Los diversos momentos legislativos que regulan la interacción entre colonos y pueblos originarios, si bien pueden considerarse como referentes o momentos históricos dentro de asuntos como el derecho internacional o laboral, tuvieron muy poco alcance en la práctica. 

  2. Aun así, los indígenas tuvieron un lugar si se quiere privilegiado respecto a las castas que surgieron producto del proceso de mestizaje, gozando de beneficios como el libre desplazamiento por los territorios, o la misma relación de vasallaje a comparación, por ejemplo, de la situación con la población proveniente de África quienes fueron vilmente esclavizados. 

  3. El papel de la iglesia fue esencial dentro de todos estos procesos, fulgurando una actitud si se quiere déspota frente a la población indígena en la medida en que parte de los pocos beneficios legislativos que estos pueblos tuvieron, tuvo lugar gracias a la acción de frailes que luego de presenciar de manera directa los abusos, sentaron su voz de protesta la cual por fortuna tuvo eco en diversos escenarios influyentes. A cambio de esto, la iglesia como institución pareció interesarse más por los frutos de este gran negocio que fue la colonia así como por la evangelización de estos pueblos, sin importar el asesinato cultural que estaba teniendo lugar. 

  4. Cabe resaltar que buena parte de los momentos legislativos que mostraron un eventual interés por mejorar la situación indígena encontraron su motivación, más que en la moral o en una suerte de sensibilidad o solidaridad de especie, en la necesidad de optimizar los procesos productivos. En este sentido, un indígena vivo y sano resulta un mejor negocio que uno muerto o enfermo, de igual forma, las relaciones con los caciques así como el respeto por ciertas dinámicas propias de estos pueblos, resultaban estratégicas ya que una constante guerra con miras a recuperar la dominación generaba grandes pérdidas.  

  5. Por otra parte, se evidencia que la denominada “Patria Boba” no fue tan boba como se predica ya que por ejemplo, para el caso del decreto mencionado, terminó siendo una estratagema para profundizar el exterminio de los pueblos indígenas, esta vez de una forma más acelerada, sistemática y en muchos casos legal. De igual forma, termina siendo también un mito el que la colonia haya generado unas condiciones  radicalmente perjudiciales para estos pueblos, ya que hacia finales del siglo XVIII las relaciones entre éstos y los colonos se venían estabilizando, asemejándose más genuinamente a los procesos de vasallaje europeos. 

  6. En líneas generales las condiciones de los indígenas eran mejores en la colonia que luego de la independencia, puesto que a partir de esta, como se mencionó, serían presa de un exterminio sistemático y habrá que esperar  poco menos de dos siglos para que se vuelva la mirada sobre ellos y se intente reparar el daño producido durante casi 500 años. Lastimosamente,  por ejemplo para el caso colombiano, la mayoría de comunidades indígenas protagonizan procesos de occidentalización, lo cual ha degenerado  en una visión peyorativa de su cultura, propiciando el ingreso de mercados occidentales los cuales han agudizado esta situación, develando una aparente imposibilidad de recuperación cultural. 


Apuntes de la Clase de Análisis Económico del Derecho en la Universidad Nacional de Colombia VI

Retroalimentación

Apuntes de la Clase de Análisis Económico del Derecho en la Universidad Nacional de Colombia 04-06-2019

  1. ¿En qué consistió la contribución de Ronald Coase a la teoría de la empresa? 

    1. Entre los aportes de Coase, tenemos: 

      1. El análisis de los costes de transacción: El problema se resume en la traslación de cada una de las fases del proceso productivo dentro del análisis de costes que cada una de ellas conlleva.

      2. El coste social: Trasladando el análisis de costes al entorno, aparece el coste social, por la falta de definición de la propiedad privada, la propiedad pública y el baremo de responsabilidades.

      3. Coase aboga por una cuantificación económica de los daños opuesta a la percepción de Pigou, una delimitación de la responsabilidad y por el beneficio marginal que supone seguir realizando la actividad a pesar de resarcir el daño (externalidad) clarificando previamente si la fábrica debe perjudicar a los vecinos o los vecinos deben perjudicar a la fábrica, es decir, ahora los daños hacen parte del costo productivo.

      4. Frente a la visión clásica de los economistas, en donde  los precios son herramientas de coordinación entre los agentes económicos, un empresario lo tendría mucho más fácil limitándose a comprar cada día en el mercado aquellas cantidades de factores productivos que prevé necesitar sólo para ese día en lugar de colocarse a sí mismo en una situación de inflexibilidad firmando contratos de provisión a muy largo plazo, Coase responde que aunque existen costes asociados a la rigidez contractual, también existen costes vinculados a comprar continuamente en el mercado aquellos factores necesarios en cada operación. Coase, por tanto, introduce el concepto de costes derivados de realizar transacciones en el mercado; de ahí que posteriormente fueran denominados "costes de transacción".

  2. Explique en qué consistió la contribución de por lo menos dos autores más a la teoría de la empresa del artículo TEORÍA DE LA EMPRESA: LAS PROPUESTAS DE COASE, ALCHIAN Y DEMSETZ, WILLIAMSON, PENROSE Y NOOTEBOOM (Alejandro García Garnica y Eunice Leticia Taboada Ibarra) e indique la crítica presentada frente a la teoría de Ronald Coase. 

    1. Williamson quien desarrolla parte de la teoría gerencial de la empresa sugiere que los gerentes buscarán maximizar su propia utilidad y considerarán las consecuencias de esto para explicar el comportamiento de la empresa en contraste con la maximización de las ganancias.

    2. Alchian introduce el concepto de generalización; la "generalización de Alchian" establece que cuando se agrega una cantidad igual de pago a dos productos competitivos, el precio del más caro caerá en relación con el más barato. Por lo tanto, habrá una tendencia a que los consumidores sustituyan al más caro por el más barato.

    3. Demsetz ha ampliado la teoría de los derechos de propiedad que prevalece en el análisis económico del derecho, enfatiza sobre la producción y los costos de información y organización económica,regulación de las utilidades, políticas antimonopolios,regulación empresarial, y la organización industrial


Apuntes de la Clase de Análisis Económico del Derecho en la Universidad Nacional de Colombia V

Principios de Microeconomía 

Apuntes de la Clase de Análisis Económico del Derecho en la Universidad Nacional de Colombia 27-05-2019 

El otro problema del productor: Minimización 

  1. de costos En la teoría de la producción, primero estudiamos el problema de maximizar su beneficio y hemos encontrado que la ecuación básica ("tasa marginal de sustitución técnica = relación de costos de insumos”) se satisface sólo cuando la función de producción tiene rendimientos decrecientes a escala. 

  2. Por su parte, el otro problema que planteamos en la producción, es el de minimización de costos, donde z,>o fijo, es un nivel de producción dado a priori. Es decir, el problema del productor es tratar de producir la cantidad z, al menor costo posible. Algo que favorece este estudio es que no exige ninguna condición esencial de la función de producción f(x,y) excepto que sea cuasicóncava. No sobra advertir la similitud de este problema con el de la construcción de la función de gasto del consumidor: basta con pensar que el consumidor "produce" utilidad, para que la equivalencia sea exacta. 

    1. Minimizar W.X+wy 

    2. Sujeta a f(x, y)= Z. 

  3. Para resolverlo, recurrimos al método de los multiplicadores de Lagrange: 

    1. L = w_X+w.y- 1(f(x, y) –z) Y calculamos las correspondientes derivadas: 

    2. ƏL /ax=o: W, = 1 Əflax ƏL @y=o: 

    3. W, = 1 əf/dy ƏL 121=o: f(x, y) = Zo 

  4. Dividiendo término a término las ecuaciones (1) y (2), encontramos, de nuevo, la ecuación de "tasa marginal de sustitución técnica = cociente de precios de insumos": 

    1. Əfsəx/əffəy = w2/w, (4) De manera que las condiciones de equilibrio para la minimización de costos son la ecuación (4) anterior y la restricción tecnológica 

    2. f(x,y)=z. 

MINIMIZACIÓN DEL COSTO 

>Curva de nivel f(x, y)= zo 

Curvas de isocosto 

'W1X + w2y = W x* + w,y* 


Equilibrio del Productor 

  1. Dados los costos de los factores en el mercado, si partimos de A, podemos disminuir costos, mediante sustitución, hasta alcanzar el punto de equilibrio E. 

  2. Curvas de isocosto w X - W2 y = constante 

Curva de nivel de producción 

z=f(x,y) 

PE 

Pendiente de la recta = -w,/w, 

  1. Pero cómo encontramos la función de oferta? Resulta que después de resolver el problema de minimización de costos, debemos pasar por un segundo procedimiento: de nuevo la maximización del beneficio; es decir, resolver el problema 

    1. Maximizar p z - c(z) 

    2. Z>O 

  2. Derivando con respecto a z, e igualando a cero, se obtiene otra importante ecuación de equilibrio del productor 

    1. p = c'(z) Precio de venta = costo marginal 

  3. Esta ecuación de equilibrio del productor nos dice que el nivel óptimo de producción (es decir, la oferta) z* debe ser tal que si le agregamos "una unidad adicional", La variación del costo de producción coincide con el precio de venta del mercado. 

  4. Sin embargo, para que esta ecuación resuelva el problema de maximización de esta forma, la función c(z) debe ser convexa estricta, y, por lo tanto, la función de producción debe tener rendimientos decrecientes a escala. 

CURVAS DE COSTO DE CORTO PLAZO 

  1. Las curvas de costo se acostumbran a distinguir en "curvas de corto plazo" y "curvas de largo plazo" de acuerdo a si incorporan o no los costos fijos. Se cree que, en el largo plazo (grandes niveles de producción), las empresas "asimilan" los costos fijos, y así podrán tomar decisiones libres sobre la utilización de insumos. Pero también se distingue entre insumos que, en el corto plazo, son susceptibles de ser utilizados en cantidades variables y aquellos que no lo son, como es el caso de la ampliación de la planta de producción. De acuerdo con ello, todas las curvas de costo que hemos estudiado hasta ahora, son curvas de "largo plazo”, 

  2. Cabe anotar que el hecho de que se haga énfasis en los factores fijos, es porque la mayoría de empresas bajo rendimientos decrecientes a escala incorporan alguno de estos; y ya sabemos que la empresa típica en competencia perfecta es aquella con rendimientos decrecientes a escala. Por lo tanto, lo usual en equilibrio parcial bajo competencia perfecta, es estudiar el comportamiento de las empresas en el corto plazo. 

Clasificación de las curvas de costo (largo plazo) 

  1. Rendimientos decrecientes a escala 

  2. Rendimientos constantes a escala 

  3. Rendimientos crecientes a escala 

  4. Costo total =C(z) 

  5. Costo Marginal = C'(z) 

  6. Costo medio =C(z) z 

  7. Para comenzar el estudio de las curvas de costo de corto plazo, sea: 

  8. W2X + W2y + W3k 

  9. CT=Costo total de corto plazo 

  10. Cv = Costos variables de corto plazo 

  11. CF= Costos fijos (o generales) 

  12. Es decir, 

  13. C = Cv + CF 

  14. k= insumos fijos, 

  15. W3 = "costo por unidad” de insumos fijos 

  16. Entonces definimos: 

  17. i) ii) iii) iv) v 

  18. Costo total medio de corto plazo = CT / z Costo variable medio de corto plazo = Cv / z Costos fijos medios de corto plazo = CF/ z Costo (total) marginal de corto plazo = act/az 

  19. Costo variable marginal de corto plazo = acv/ əz 

  20. E incluimos también aquí las definiciones con la función C(W1,W2,Z) de largo plazo (es decir, sin costos fijos): i) ii) 

  21. Costo medio de largo plazo = C/z Costo marginal de largo plazo = 2C/az 

  22. x = yıla / kb/a Demanda de corto plazo 

  23. Ct(y) = w,x+wk 

  24. _ = (w./ke/a) yıld + w,k 

Costo total de corto plazo 

  1. La curva de costo medio de corto plazo tiene formas muy particulares: 

    1. C-by)/y = (w./kb/a) y(2-a)/ + wykly 

  2. Costo medio de corto plazo 

    1. açı (rendimientos decrecientes a escala) 

    2. a=1 (rendimientos constantes a escala) 

    3. a>1 (rendimientos crecientes a escala) 

    4. Y* = (a/1-x)" (w/w)" ka+8 

  3. La curva de costo marginal de corto plazo: 

    1. lac,/2y = [w,/(ak6/0)] y (2-a)/a 

  4. Costo marginal de corto plazo tiene varias formas diferentes, dependiendo del valor de a: 

    1. a<1/2 

    2. a=1/2 

    3. 1>a>1/2 

    4. a= 1 

    5. a >1 

  5. Supongamos que la empresa está operando sobre la curva de costo total del extremo izquierdo (rojo) de la figura. La empresa abrirá una "sucursal" si la demanda del mercado requiere un nivel de producción más allá del punto (Yo), a partir del cual trabajaría (totalmente) con la siguiente curva de costo total (amarilla). 

  6. Y, si el mercado lo requiere, esto lo hará hasta la cantidad Y.,, momento en el cual construiría una nueva "sucursal" (es decir, tendría que ampliar la capacidad instalada) y operaría (totalmente) sobre la curva de costo total siguiente (verde); etc. 

  7. Complementando todo lo anterior, pero ya desde el lado teórico, notamos que si el cambio en el insumo fijo k es continuo surge una "envolvente” de puntos que conforman un recta (recta naranja) que pasa por el origen. ¡Esta es la curva de costo total de largo plazo! Y esto permite hacer una extrapolación útil a nivel teórico: Imaginemos un conjunto de empresas del mismo sector ("sucursales"), todas idénticas y con rendimientos decrecientes a escala , dentro de un mercado competitivo. Entonces ellas podrían verse como "una sola" empresa del sector que utiliza, en el largo plazo (pues el factor fijo se ha ido haciendo variable), la recta envolvente como su curva de costos. Y así, tendríamos que C(y) = (constante) y De manera que en el largo plazo jel sector operaría con rendimientos constantes a escala! 

  8. En modelos computables, es corriente modelar la industria de empresas competitivas (es decir, que operan como tomadoras de precios) de un mismo sector, mediante una función de producción de largo plazo con rendimientos constantes a escala, basándose, teóricamente, en resultados como el que acabamos de presentar. Inclusive, se llega a afirmar que si el PIB de una economía se estima mediante una función Cobb-Douglas Y=L"K, entonces la diferencia entre a+b y 1, es una medida de qué tan cercana está la economía de una competitiva. Pero todo esto es muy discutible. 

  9. No sobra decir que, aquí, con este ejemplo que acabamos de estudiar, hemos dado el primer ejemplo del trascendental problema en microeconomía del paso de lo individual a lo agregado. Este es, quizás, el problema central de la micro economía que pretende buscar respuestas macroeconómicas: se llama "el problema de la agregación". 

  10. Note también que esto no asegura que en el corto plazo la industria también se comporte con rendimientos constantes a escala. En este caso es usual asumir que el sector se comporta con rendimientos decrecientes a escala, de manera similar a las pequeñas empresas que conforman esa industria. 

Envolvente Curva de costo de largo plazo 

  1. La envolvente de puntos mínimos (donde el costo marginal es igual al coste mínimo) es una recta constante; es decir, 

    1. Chy)/y = constante o bien, 

    2. C (y) = (constante) y | 

  2. De manera que esta constante es la misma de la envolvente de la función de costo total. 

  3. La curva de costo medio de corto plazo es una herramienta fundamental de análisis microeconómico de una empresa competitiva (es decir, con rendimientos decrecientes a escala) por razones: 

    1. 1) En primer lugar, porque, en principio, es fácilmente calculable por parte del empresario a partir de datos observables. 

    2. 2) Porque el empresario competitivo (es decir, con rendimientos 

    3. decrecientes a escala), en el corto plazo, tendrá costo medio mínimo si se produce a un nivel y. (escala mínima de eficiencia) que iguale al costo medio con el costo marginal de corto plazo ((cly/y)' = lyc'(y) - Cly)/y =o implica yoʻly)=cly)): 

Maximización del beneficio en el corto plazo 

  1. Se recurre al beneficio con los costos de corto plazo incorporados. -Aunque se maximice el beneficio en el largo plazo con beneficios positivos, en el corto plazo podría suceder que se maximice el beneficio pero éstos sean negativos (por ejemplo, si los costos fijos son muy altos), y así, en ausencia de otros incentivos, será mejor no operar. ¡Y todo esto aún con rendimientos decrecientes a escala! -También las curvas de oferta pueden diferir en el corto y en el largo plazo. 

EQUILIBRIO COMPETITIVO CENTRALIZADO Y ÓPTIMOS DE PARETO 

INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DE FALLAS DE MERCADO 

¿Por qué es importante encontrar el equilibrio parcial competitivo de largo plazo? 

  1. Porque es eficiente y, más específicamente, porque es "eficiente en el sentido de Pareto” (Vilfredo Pareto (1848-1923)). Veamos. 

  2. Es corriente en la teoría del equilibrio parcial centralizado, construir una función de bienestar social (o "función de excedente social" o "surplus social") del "agente representativo" en el mercado del bien x, asi: 

    1. B(x) = 

    2. U(x) - C(x) 

Satisfacción de consumir 

  1. Teorema Fundamental: Cantidad de unidades del bien por el Costo de producir x unidades del bien 

  2. Lo importante aquí es darnos cuenta de cuándo se maximiza esta función de bienestar, y para ello derivamos e igualamos a cero esta función cóncava estricta (*) para obtener que: 

    1. Aquí, asumimos que las empresas operan con rendimientos decrecientes a escala, que son las empresas tipicas que pueden habitar en competencia perfecta. También asumimos que la función de utilidad tiene marginalidad estrictamente decreciente. 

      1. U'(x) = C'(x) Condición de optimalidad social 

  3. Pero esta condición de máximo bienestar social se satisface si recordamos las dos condiciones de optimalidad de los agentes representativos: 

    1. U'(x)= p* Consumidor representativo 

    2. C'(x)= p* Productor representativo 

  4. Donde p* es el precio de mercado del bien x (que se obtiene igualando la oferta y la demanda por el bien x). De manera que, si ambos agentes optimizan, el bienestar social se maximiza. A esta situación se le llama "óptimo social" en el mercado del bien Y ahora entenderemos por qué se le conoce también como un óptimo de Pareto: Podemos escribir el "excedente social" B(x)= U(x) – C(x), así: 

    1. B(x) = [U(x) – p*x] + [p*x-C(x)] 

  5. ¿Y por qué U(x) - p*x es el excedente del consumidor? Para ello requeriremos de una pizca de matemáticas por fuera del curso (la integral). Advirtiendo que sólo ocurrirá aquí, notemos que: 

    1. U(x) – p*x = - * (U'(x) – p*)dx 

  6. Que es el área entre U'(x) y p*, que coincide con el concepto de excedente del consumidor estudiado en la clase magistral #4. Aquí asumimos que U(O)=o. Similarmente para el excedente del productor, p*x-C(x) con (C(o)=o): 

    1. p*x-C(x) = S.* (p* - C'(x))dx 

  7. Para entender todo el problema, solo basta caer en la cuenta de que: 

    1. U'(x) = p Ecuación general de demanda 

    2. C'(x) = p Ecuación general de oferta 

  8. De manera que no es posible distribuir de una manera diferente el excedente social sin que uno de los dos agentes tome del otro pero llevando a éste a la ineficiencia. 

  9. La distribución realizada por excedentes de esta manera se llamará un óptimo Pareto (social). Es decir, en una distribución del excedente social que sea óptimo de Pareto (o Pareto-óptima), ninguno de los dos agentes podrá tomar surplus del otro sin ocasionar una pérdida de eficiencia. 

Frontera Pareto, Frontera de Posibilidades de Producción y Equilibrio Parcial Centralizado 

  1. Es posible extender la noción de óptimo de Pareto a cualquier número de agentes económicos: una distribución de riqueza es óptima de Pareto si ninguno puede mejorar su bienestar (medida con la función de utilidad) redistribuyendo la riqueza, sin que alguien reduzca su bienestar. 

  2. Por ejemplo, en el caso de dos consumidores, U (x) y Uzly), el problema se puede plantear en dos partes que deben resolverse simultáneamente. Así, (x, y) es un óptimo de Pareto si es solución a: Consumidor 1: Maximizar U1(x) 

    1. sujeta a Uz(y)=Ū2, Ū2 es fijo 

    2. x + y = Z, z fijo Consumidor 2: Maximizar Uz(y) 

    3. sujeta a U1(x)=Ūı, Ūi es fijo 

    4. x+y=Z, Y fijo 

    5. Es claro que estos problemas, así planteados, no requieren de los multiplicadores de Lagrange, solo de simples sustituciones. Veamos un ejemplo: 

    6. Maximizar U,(x) = xa 

    7. sujeta a U (y) = yb = Ū, 

    8. X+ y = Z 

    9. 0< 0,6 <1 De donde se obtiene, inmediatamente, que 

    10. (U.)1/0 + (U2)2/6 = Z (*) que es la frontera Pareto, pues el otro problema planteado, arroja exactamente la misma ecuación (*). 

  3. El mercado competitivo (ideal, inexistente en la realidad) es eficiente (en el sentido de Pareto) pero no incorpora ninguna noción de justicia, excepto, tal vez una, que es moral: En competencia perfecta todos los agentes son iguales ante el mercado y nadie puede sacar ventaja de otro. Hay desigualdad de posiciones (nacemos en distintas posiciones socioeconómicas) pero hay igualdad de condiciones (ante el mercado), decía Walras. 

Competencia Perfecta y Capitalismo 

  1. Aunque la competencia perfecta incorpora agentes individuales, propiedad privada y mecanismo de precios para asignación de recursos, el modelo de competencia perfecta no es un modelo a escala de una economía capitalista: en principio, el modelo de competencia perfecta sólo es un modelo centralizado con "subastador", que más se parece al "socialismo de mercado” de Oscar Lange. 

  2. La competencia perfecta no incorpora las categorías de "libre mercado”. La noción de libre mercado es mucho más general y difusa que la noción científica de "competencia perfecta”. 

  3. FALLAS DE MERCADO Algunos casos importantes que rompen con la condición de competencia perfecta y que conducen, en general, a sub-optimalidad son:

    1. Monopolio

    2. Oligopolio

    3. Duopolio

    4. Acartelamiento


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