lunes, 5 de junio de 2023

Apuntes De La Clase De Derecho Humanos Integrales Del Pregrado En Derecho En La Universidad Nacional De Colombia Cristian Beltrán Barrero Derechos Laborales

Apuntes De La Clase De Derecho Humanos Integrales Del Pregrado En Derecho En La Universidad Nacional De Colombia

Cristian Beltrán Barrero

Derechos Laborales

Valor Del Trabajo En La Sociedad

En el derecho del trabajo existe permanentemente una contradicción entre el trabajo y el individuo, entre el proteccionismo y la libertad, el proteccionismo va a marcar las protecciones al trabajo y la libertad va a marcar el derecho colectivo del trabajo 

En la filosofía se establece el dualismo entre dos cosas, cuerpo y alma, energía y materia, racionalismo y espiritualismo, y esto afecta el derecho del trabajo.

El derecho al trabajo se puede trabajar desde diferentes enfoques, antropológico, sociológico, económico, jurídico, político, cultural, filosófico, religioso, 

Con la creación de la lógica jurídica se genera el ambiente propicio para una mentalidad racional sin sensibilidad frente al derecho del trabajo. El derecho de trabajo es el derecho más atípico dentro del derecho.

Una huelga por ejemplo es una institución encaminada a generar un perjuicio frente al capital, aun así está permitida y regulada por el derecho del trabajo.

El valor del trabajo cambia a través de la historia, que aunque parece obvio no es así, pues nos acostumbramos a ver el mundo con un sistema cuyo trabajo tienen valor en sí mismo, pero no siempre ha sido así.

En un sistema capitalista el trabajo es un valor fundamental, pero no siempre fue así en sus inicios, los intercambio económicos por ejemplo en las sociedades pre estatales no siempre producto de la economía sino más bien un aspecto religioso – cultural, antropológico, mas no con la intención de generar riqueza. 

La cultura judía por ejemplo percibe al trabajo como algo denigrante, esto por una tradición religiosa proveniente del pecado original, visión que acostumbro todas las religiones monoteístas hebreas hasta San Agustín, quien empieza a esbozar una teoría sobre la meritocracia en donde es el hombre quien se gana su estadio en el paraíso eterno y no Dios quien salve al hombre en la tierra. 

En la ética protestante de Martin Lutero el trabajo pasa a jugar un papel central en el desarrollo de la sociedad; pero solo hasta finales del siglo XVIII y XIX  el trabajo entra a ser relevante para la sociedad, entonces se empieza a regular sobre el derecho del trabajo.

En la economía política de la doble revolución ilustrado e industrial surge la necesidad de hablar del trabajo como una medida de valor económica, el trabajo pasa a ser una moneda o mecanismo de intercambio para determinar el valor económico de las cosas. 

La cantidad de trabajo implícita en un producto determina el precio de un producto, al menos esa era la visión del trabajo a finales del siglo XVIII, incluso ahora la teoría aunque con menos fuerza sigue teniendo fuerza en ciertos sistemas productivos, como el artesanal y/o el intelectual.

Esta tesis es fuertemente re-evaluada por procesos como el fordismo y el postfordismo en donde existe una división del trabajo dentro de la misma producción lo que impide que el trabajador se identifique con el producto realizado.

En estos sistemas el valor del trabajo se abstrae del tiempo, el valor del trabajo en Marx por ejemplo es igual a los socialmente necesario para producir la mercancía, y producto del trabajo abstracto surgen ciertas categorías como la de la alienación y enajenación del trabajo.

Para Marx la esencia del ser humano es trabajar, el ser humano transforma la naturaleza y esa transformación es la naturaleza, en esencia el trabajo es connatural al hombre, la enajenación es la apropiación del trabajo de otros y la alienación es la consecuencia de esa apropiación del trabajo. 

  1. Alienación con respecto del producto del trabajo.

  2. Alienación con respecto al proceso productivo

  3. Alienación con respecto a la naturaleza del trabajo.

El trabajador que no tiene como producir tiene que vender su fuerza de trabajo para subsistir, pero quien tiene medios de producción va a ser el dueño del producto del trabajo, es decir, enajena el trabajo de otros. Si la propiedad del producto no es del trabajador y es el primer factor para que el trabajo no le interese el producto y se genera la alienación.

Si no le interesa el producto del trabajo no le interesa por consecuencia con el sistema productivo, y por lo tanto no se va a identificar la naturaleza de ese trabajo, genera un círculo vicioso entre el trabajador que es infeliz en su trabajo, no trabaja porque le interesa el trabajo sino porque le toca. 

El trabajador pasa la vida completa consumida en el trabajo, genera la alienación del trabajo; Marx clasifica el trabajo en:

  1. Trabajo alienado

  2. Trabajo liberado

Marx sigue con la idea que el trabajo es la esencia del hombre, pero el dilema es la pertenencia de los medios de producción, por eso se deben socializar los medios de producción. El objetivo de Marx no es la distribución de riqueza sino si el hombre se realiza como ser humano, considerando Marx el trabajo como principalmente fuente de alienación en el hombre.

Marx no está en contra de la propiedad privada, sino en la pertenencia de los medios de producción pues quien no los tiene está obligado a vender su fuerza de trabajo. El siglo XIX sigue marcado por esta postura de que el trabajo es el motor de la sociedad, el precio está determinado por el valor y el valor está determinado por el trabajo. 

En siglo XX factores como el alto nivel del desempleo, las exposiciones de Marx sobre la relación orgánica del capital; diferenciando entre capital constante y capital variante, el salario es la diferencia entre el valor de la mercancía y lo que se le paga al trabajador, la plusvalía es el excedente de la producción para pagar a los empleados.

La composición orgánica del capital, si se invierte más en instrumentos de trabajo, capital constante, requiero invertir menos en capital variable, es decir si invierto mas es maquinaria, infraestructura debo invertir menos en fuerza de trabajo. Este incremento de tecnología si no se acompañada por políticas de socialización de los medios de producción genere excedentes de producción, pues la industrialización genera que se requieran menos trabajadores constantemente. 

Si esto es así entonces es incoherente pensar que la esencia del hombre en sí mismo es el trabajo, pues quien no trabaja no se realiza como persona. 

Hannah Aarent empieza a dividir 3 categorías, tomadas de la filosofía griega, la vida contemplativa y la vida activa. 

  1. Actividad – vida práctica

  2. Contemplativa

  3. Trabajo

El trabajo es lo que se produce para poner en práctica para poner productos, para Aarent el ser humano se va a desarrollar no en el trabajo sino en las cosas que hace, es decir en su vida activa, porque el trabajo es la principal fuente de alienación, mientras que la vida activa son las cosas que hace que si logran desarrollarlo como persona. 

Tesis Conceptuales del Derecho del Trabajo

Permanente existe contradicción entre lo individual y lo colectivo, con discusiones jurídicas entre ambos lados. La cultura individual es herencia de la cultura romana, mientras que lo colectivo es cultura germánica.

La cultura individualista se basa en la noción del contrato y su eje fundamental es el contrato de trabajo, es una visión contractualista, se establece el trabajo como un acuerdo de voluntades entre varias partes sobre un objeto específicos, en este caso el objeto es la prestación de la fuerza de trabajo a cambio de una remuneración.

La cultura colectiva, las relaciones jurídicas están determinadas por la pertenencia del sujeto a una comunidad, expuestos por Hegel entre otros. Esta pertenencia establece las relaciones de trabajo, su fundamento jurídico es la noción de “estatuto” en esta perspectiva se habla más de relación laboral que de contrato laboral. Lo fundamental es la pertenencia a un colectivo de trabajo y no el contrato o el acuerdo entre las partes.

El derecho romano el trabajo se ve bajo la noción de acuerdos, surge como consecuencia el contrato de arrendamiento, de allí surgen varias categorías:

  • Locutio conductio

  • Locutio conductio rei choninis

  • Locutio conductio xxxxx

  • Locutio conductio xxxxx

Las industrias basadas en la propiedad privada son la causa de la desigualdad social, desempleo, marginación y en consecuencia la pobreza generalizada y desproporcionada. Este proceso egoísta de acumulación y concentración surgen políticas para regular, disminuir la desigualdad, por ende la pobreza.

A partir de la noción de igualdad surgen las leyes anti asociación en Francia e Inglaterra. La mezcla de políticas de ahorro, concentración de riqueza genera 1) un mercado laboral de desempleados, es decir, exceso de demanda de trabajo 2) un gran mercado de personas ocupadas con salarios reducidos, es decir una mala oferta de trabajo, una oferta de trabajo, desigual, oportunista que se aprovecha de las malas condiciones laborales.

Los grandes capitales recurren a 2 teorías para aumentar sus ganancias, el neocolonialismo y el dumping social, combinación que genera grandes desigualdades en la sociedad, la desigualdad es la materia prima para la acumulación de riqueza de quienes poseen el capital, las tierras, el poder y los medios de producción. 

Los grandes problemas del trabajo surgen en el siglo XIX, mientras que el derecho del trabajo como una rama específica surge sólo en el siglo XX.

En la constitución de Querétalo 1917 México producto de una revolución campesina, Waimar 1919 en Alemania, la Constitución Internacional del Trabajo en el tratado de Versalles en el capítulo 3. 

A partir de las 2° internacional, socialista y posteriormente de la 3° internacional comunista en 1919, y de la crisis del Wall Street de 1929 se empieza a hablar del derecho Laboral como una rama autónoma e independiente con respecto del derecho civil, del derecho penal, y de cualquier otra rama del derecho. 

  1. Derecho de asociación.

  2. Derecho de negociación.

  3. Derecho de huelga.

Durante mucho tiempo se creía que el trabajador público no tenía ninguno de estos 3 derechos, el dilema dentro del derecho del trabajo es que los contratos por obra y labora regidos por el código civil no tienen acceso a estos 3 derechos. 

La tesis de la dictadura tienda a que todos debemos ir por el mismo interés, una cosmovisión fascista que no entiende que debido a la naturaleza del ser humano, existen varias posturas, pero el dilema no es que existan distintas posturas sino ¿Cómo hacemos para encontrar el desarrollo y el progreso armonizando lo mejor de ambas posturas? 

La tesis del interés general se encamina a la prevalencia del bien común, o del interés general sobre el particular, un poco llegando al utilitarista, el problema conceptual es ¿Quién define cuál es el interés general? 

Desde el punto de vista del interés general aplicado a los empleados públicos se cercena la libertad laboral que tiene, prohibiendo, cohibiendo los 3 derechos esenciales del derecho del trabajo. Prohibiendo por ejemplo la huelga en el servicio público esencial, aquellos que ponen en riesgo la salud y  la vida de las personas.

En el desarrollo de la libertad sindical existen discusiones sobre que ampara y que dicho derecho pertenece a la asociación sindical. Tanto en el derecho individual como colectivo siempre han existido reivindicaciones. 

Las primeras luchas del trabajador se encaminaron a no perder la estabilidad laboral, seguida de la lucha por los tiempos de trabajo, seguido de esto se discutió la remuneración, el espacio de trabajo, la seguridad en el trabajo, y muchas más para generar condiciones de trabajo digno. 

  1. Estabilidad laboral.

  2. Tiempo – jornada de trabajo.

  3. Remuneración digna y justa.

  4. Espacio – ambiente laboral.

  5. Seguridad en el trabajo, protección laboral. 










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