Apuntes De La Clase De Derecho Humanos Integrales Del Pregrado En Derecho En La Universidad Nacional De Colombia Cristian Beltrán Barrero Derechos AmbientalesLos derechos humanos no son una discusión terminada, siempre existirá una lucha continua y perpetua para defender los derechos, la razón de esto es la realidad de orden material, mientras exista la indignidad existirá la lucha por los derechos humanos. ¿Qué se requiere para pelear derechos? Para esto debemos preguntarnos:
Movimientos Ambientalistas y EcologistasNo existe una única forma de defender el ambiente, pues del mismo modo que diversos derechos se defienden de distintas maneras, también existe multiplicidad de formas de defender el ambiente. Las siguientes 2 teorías tienen como núcleo común:
Existen múltiples posiciones teóricas y prácticas con respecto a los ambientalistas y ecologistas, desde aquellas que interactúan con otras teorías como el marxismo y el feminismo, entre otras hasta las más radicales. AmbientalistaPara la mayoría de los ambientalistas se puede generar simbiosis entre el humano y la naturaleza por ser el hombre, parte de la naturaleza. La naturaleza actúa de una determinada manera y humano altera este equilibrio, generando cambios en ocasiones irreparables. Organización de personas que además de tener un compromiso por la conservación del ambiente, articula, en un sentido político su acción con las comunidades y grupos humanos que viven en específicos territorios y ecosistemas. Los ambientalistas piensan en la protección del ambiente en su integralidad, incluyendo el ser humano. EcologistaPara la mayoría de los ecologistas el problema es la interacción humana, hasta el punto de no ser necesaria la existencia del mismo hombre, pues consideran el gran riesgo para el ecosistema la interdependencia y explotación del hombre, del ecosistema por el hombre. La interdependencia y dependencia funcionan de una determinada manera que el hombre no conoce, no considera, y por lo tanto en el acto de explotación descuida la naturaleza misma por su afán de explotación del ambiente. En América latina se utiliza este término un reduccionismo en el se denomina así a las personas u organizaciones que tienen preocupación por los ecosistemas, pero hacen poco por los asuntos sociales que le son inherentes, es decir, los seres humanos y culturas que habitan los ecosistemas no cuentan dentro de sus prioridades. El ecologista piensa que la protección del ecosistema es solo la naturaleza, sin el ambiente ni la cultura humana. Antropocentrismo y BiocentrismoAntropocentrismoAntepone al ser humano en una relación de jerarquía sobre la naturaleza, sobre el ambiente y sobre el ecosistema, pretendiendo indicar que únicamente el ser humano es sujeto de derecho, existe privilegios entre los humanos, teniendo múltiples vertientes y variantes. Bajo esta perspectiva la visión del ambiente, de la naturaleza y del ecosistema se reduce a la visión simplista de “recurso natural” en donde la única función de la vida no humana es servir de recursos para generar riqueza al hombre. Este modelo no reconoce ninguna interdependencia entre el hombre con la naturaleza sino que presenta la naturaleza como mero mecanismo de generación de riqueza, es decir, la existencia de la naturaleza depende de los deseos (muchas veces mezquinos y arbitrarios) del hombre. Bio CentrismoEsta teoría antepone la naturaleza por sobre el hombre, considerando al humano como soo un producto más de la naturaleza, pretende argumentar que la naturaleza, el ambiente y el ecosistema en general tienen derechos similares e inclusive superiores al hombre, independientemente de si el hombre se los otorga o no. El carácter intergeneracional es muy importante en el debate ambiental – eco sistémico. La defensa del ambiente entre las visiones instrumentista y ecologista, es una discusión del derecho que ha llevado a reformar importantes, bajo esta perspectiva la naturaleza, el ecosistema, el ambiente no tiene como función única o finalidad servir como “recursos naturales” que sirven al hombre solo para generar riqueza. Bajo este modelo se reconoce la interdependencia del hombre con la naturaleza, más allá de satisfacer deseos y preferencias humanas, se reconoce que el hombre depende de la naturaleza y no es la naturaleza quien depende del hombre. Derechos No Humanos, de la Naturaleza, Del Ambiente, Del Ecosistema, De los Animales, De los Seres Vivos.Integralidad de los Derechos
Historia del Derecho AmbientalSalvo en las comunidades étnicas y consideradas pre estatales, en el mundo occidental no se había buscado la protección del ambiente, de la naturaleza, del ecosistema, de los animales y de los seres vivos en general. Premoderno.La naturaleza es concebida como un sujeto, tenía una significación especial. Existe una apropiación espiritual de la naturaleza. Modernidad.La naturaleza es considerada como un objeto, mercancía intercambiable, cuyo único fin es generar riqueza y servir al hombre, es decir existe una apropiación meramente material de la naturaleza. Higienista.Propende por la protección de la sanidad y la salud del hombre, existe un cuidado al ambiente implícito, pero no de manera explícita sino indirecta, pues el propósito es proteger la salud humana y no el ambiente en sí mismo; sino que dicha protección al ambiente bien de manera colateral. Ecodesarrollo.Sostenibilidad.Visualizada por primera vez (en el derecho moderno) en la cumbre de rio de janeiro 1992. Privatización de la naturaleza, el ambiente, el ecosistema, los seres vivos, y animales.Generalización y justificación de la apropiación. Fundamentación de los Derechos de la Naturaleza, Ambiente, Ecosistema, Seres Vivos y Animales.Fundamento Formal.La fundamentación formal se basa en los principios ambientales. Solidaridad Ambiental.Alguien actúa de manera de manera no solidaria cuando presenciando un daño ambiental permite que esto suceda sin preocuparse por el ambiente, es decir es indiferente. Reconocimiento jurídico político de un ser distinto de manera genuina y natural, en igualdad de condiciones de las que reclamo para mí, reconocer la dignidad del otro, sea animal, ser vivo, ambiente, ecosistémico, o de la naturaleza. Solidaridad de los modernos, consciencia, conjunto de derechos y obligaciones que surgirán de la existencia de necesidades comunes de similitudes (reconocimiento de identidad) que preceden a las diferencias. Etapas de la solidaridad.
Responsabilidad Ambiental.La responsabilidad implica un deber, una obligación, pues un derecho implica siempre un deber correlativo, es decir en corresponsabilidad. La responsabilidad es el resultado de la discusión de ¿Cómo debo actuar frente y con la naturaleza? Pues lo que importa en el derecho son las conductas humanas. Principio de responsabilidad ambiental compartida pero diferenciada siendo diversas para el Estado y distintas autoridades (gobernantes, legislativas o jurisprudenciales, los particulares o las empresas). Principio de responsabilidad ambiental vital, permanente, continua, según el ciclo de vida del producto se es imposible desde el momento que se incorpora en el ambiente hasta el momento en que ese producto deja de producir impactos ambientales negados. Todos somos responsables de la protección del ambiente, pero no todos de la misma mediada, depende del sujeto que actúa y su conducta es la responsabilidad. Somos responsables tanto por acción como por omisión dependiendo de las circunstancias. Prevención – Planeación.Precaución – Anticipación.SostenibilidadConservaciónFundamento Material.El reconocimiento de la conflictividad ambiental que aún no se ha resuelto. Diversidad Étnica y CulturalColombia es un complejo de múltiples culturas, la fundamentación material se basa en el reconocimiento de la existencia de la diversidad cultural, étnica, racial, sistémica, antropológica, entre otras. Biodiversidad, país Megadiverso.Colombia es un país muy diverso, reconocer esa megadiversidad lleva a la inevitable protección del ser humano. Principios del Derecho Ambiental.ContaminaciónExplotación – ExtracciónDiscriminación de EspeciesConflictividad y Problemática Ambiental GlobalResultado del uso inadecuado de la naturaleza, poniendo en peligro los derechos de la naturaleza y de otros seres humanos. El conflicto es la existencia material de una discusión seria por el mal uso o uso inadecuado en este caso del ambiente, la naturaleza y el ecosistema en general, muchas veces por parte de unos pocos que afectan a otros. Estándar AmbientalEstándar ambiental es la medida de uso de grado de la naturaleza Justicia AmbientalErosionesContaminacionesDe todo tipo, cultural, social, intelectual, ambiental, etc. ExtracciónNo Reparación – No RestituciónCausas y Consecuencias de los Problemas y Conflictos Ambientales Globales
Derecho a un Ambiente Sano
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lunes, 5 de junio de 2023
Apuntes De La Clase De Derecho Humanos Integrales Del Pregrado En Derecho En La Universidad Nacional De Colombia Cristian Beltrán Barrero Derechos Ambientales
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